Los alcaldes dejarán de elegir a los veterinarios para los festejos taurinos populares

El Colegio Oficial de Veterinarios de cada provincia propondrá diez días antes de la celebración de un festejo taurino popular el nombramiento del veterinario. Interior modifica el reglamento para procurar que este profesional sea "lo más objetivo e imparcial y ajeno a la empresa organizadora". Los alcaldes se encargan ahora de ello.

Zaragoza.- La Dirección General de Interior somete a información pública el proyecto de decreto por el que se cambia el reglamento de festejos taurinos populares de 2001. Con esta modificación reglamentaria se procura que el nombramiento del veterinario a intervenir sea lo más objetivo, imparcial y ajeno a la empresa que lo organiza, teniendo en cuenta que las funciones que realizan los veterinarios que intervienen en ambos tipos de espectáculos, control de documentación oficial, tanto de traslado como de garantías sanitarias, de cumplimiento de características propias del ganado a emplear, de reconocimiento de las reses para valorar la idoneidad para el espectáculo, puede tener como resultado la no aptitud y su devolución.

Queda derogado así el artículo primero de la Orden de 19 de febrero de 2002, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, que establecía que el nombramiento de los veterinarios correspondía al alcalde.

De este modo, los veterinarios que en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón desarrollen el reconocimiento sanitario y de aptitud de las reses bravas o vaquillas y de caballos que intervengan en los festejos taurinos populares serán nombrados por el órgano competente de la Administración autonómica, a propuesta del Colegio Oficial de Veterinarios de cada provincia.

En el primer trimestre de cada año, corresponde a los Colegios Profesionales de cada provincia remitir a la Administración una relación de veterinarios interesados en intervenir en los festejos taurinos populares, por riguroso orden de puntuación de su capacitación.

Estos veterinarios deben cumplir una serie de requisitos como estar integrado en alguno de los Colegios Profesionales como colegiado ejerciente de esta profesión en el momento de la actuación, ejercer la profesión veterinaria como profesional libre, profesional asalariado o como personal al servicio de alguna de las Administraciones Públicas y disponer de la formación técnica adecuada para el desarrollo de las funciones establecidas en la normativa taurina.

Finalmente, establece que el Colegio Oficial de Veterinarios de cada provincia propondrá diez días antes de la celebración del festejo taurino popular el nombramiento del veterinario.