Condenado a seis meses de cárcel por pedirle a una menor que le mostrara sus órganos genitales vía WhatsApp

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a seis meses de prisión a un hombre de 46 años por pedirle a una menor, a través de WhatsApp, que se bajara las bragas y le mostrara sus órganos genitales. Le condena por un delito de utilización de menores con fines exhibicionistas o pornográficos.

Zaragoza.- Un hombre de 46 años ha sido condenado a seis meses de prisión por un delito de utilización de menores con fines exhibicionistas o pornográficos por pedirle a una menor, vía WhatsApp, que se bajara sus bragas y le mostrara sus órganos genitales.

Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza han tenido en cuenta la atenuante de reparación del daño causado ya que el acusado, Juan B. R., ingresó 1.000 euros antes del juicio en la cuenta del Juzgado para indemnizar a la menor por el daño causado.

La sentencia considera probado que entre las 21.23 horas y las 22.04 horas del 19 de junio de 2014, el acusado mantuvo una conversación con la menor, que entonces tenía siete años, vía WhatsApp. La menor utilizaba el móvil de su madre.

Entonces el acusado, "con ánimo libidinoso y en reiteradas ocasiones", incitó a la menor para que se bajara "la braguita" y le mostrara sus órganos genitales. P. no accedió a tal pretensión, aunque sí le mandó algunas fotos de sus piernas con pantalones cortos.

El acusado mantenía una estrecha relación de amistad con la familia de la menor. Durante la tarde del 19 de junio de 2014, el acusado mantuvo otra conversación vía WhatsApp con la menor, sin requerirle la remisión de imagen alguna.

Para los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, "no cabe duda" que la conducta del acusado, solicitando vía WhatsApp que la menor P. se bajara las bragas y le mostrara sus órganos genitales "constituye la inducción a la menor a realizar un acto exhibicionista" y de esta forma "obtener el acusado imágenes pornográficas de la menor" para "satisfacer" sus "instintos lúbricos".

El acusado reconoció haber mantenido a través de su móvil una conversación por WhatsApp con el móvil perteneciente a la madre de la menor, así como el contenido del mismo. No obstante, alegó que actuaba pensando que su interlocutora era la madre de la víctima a la que le estaba gastando una broma. Tesis que no aceptan los magistrados al considerar que el acusado era "perfectamente consciente" de que la persona con la que hablaba era la menor.

Contra esta sentencia cabe interponer un recurso de casación ante e Tribunal Supremo.