El MARM evalúa favorablemente el gasoducto de Castelnou-Tivissa (Tarragona, Zaragoza y Teruel)

La Declaración de Impacto Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente ha resultado favorable para la duplicación del gasoducto de Castelnou-Tivissa que atraviesa Tarragona, Zaragoza y Teruel. Éste pretende abastecer la demanda prevista para los próximos años.

Zaragoza.- El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha formulado la Declaración de Impacto Ambiental favorable a la realización del proyecto “Duplicación del gasoducto Castelnou-Tivissa. Tarragona, Zaragoza y Teruel”.

La DIA ha resuelto que siempre y cuando se autorice en la alternativa y en las condiciones señaladas en la misma, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

El objetivo del proyecto es la duplicación de un gasoducto, que discurre en gran parte de su recorrido, paralelo al existente y pretende abastecer la demanda prevista para los próximos años. El promotor es Enagas S.A. y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Dentro del ámbito del estudio se encuentran espacios naturales protegidos de la Red Natura 2000. Para evitar su afección, la DIA establece medidas como restricción del ancho de pista a 14 metros en las zonas que atraviesen hábitats de interés comunitario, excepto en los cruces con los Lugares Interés Comunitario (LIC) “Ríos Algars” y “Río Matarraña” que será de 20 metros.

Asimismo, se deberá restituir los márgenes de los ríos y revegetación de los mismos, balizamiento de las pistas y calendarios de obras que tengan en cuenta los periodos reproductores y de cría.

Las principales alteraciones a la red hidrológica se producen por el cruce del gasoducto con dicha red. Teniendo en cuenta que algunos de los ríos interceptados constituyen LIC, la DIA propone la realización de las obras en periodo estival cuando el caudal es reducido, así como la restauración de las orillas de los cursos fluviales dejando los taludes como se encontraban en un principio y procediendo a las labores de revegetación.

Con el fin de evitar impactos sobre la fauna se realizará una prospección de campo que permita comprobar la existencia de individuos y sus zonas de nidificación, campeo etc., y establecer las medidas oportunas para su preservación, especialmente en las áreas con presencia potencial de especies catalogadas como en los espacios LIC, Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) y Áreas de Interés para las Aves (IBA, en inglés).

Con carácter previo a la ejecución de las obras que intercepten Vías Pecuarias o Montes de Utilidad Pública, se deberán tramitar en las dependencias del organismo competente en la materia de la Comunidad Autónoma correspondiente, las autorizaciones y/o expedientes de ocupación temporal que procedan.